Parte 2
¿Qué otros derechos tienen los adolescentes a partir de los 13 años?
- A trabajar, siempre que no esté en peligro cualquier aspecto de su salud.
- A casarse. Si tiene menos de 16 años necesitan la autorización judicial. Si ya cumplió 16 años, sólo hace falta la autorización de sus representantes legales.
- Entre los 13 y 16 años puede decidir por sí mismo sobre la realización de cualquier tratamiento, siempre que no sea de tipo invasivo y no se ponga en riesgo su vida ni su integridad física. Si el tratamiento pone en riesgo su salud deben intervenir sus progenitores.
- Si es mayor de 16 años se lo considera como un adulto para todas las decisiones que se refieren al cuidado de su cuerpo.
- Si es mamá o papá a partir de los 13 años, puede decidir y realizar por sí mismo todas las tareas necesarias para el cuidado de sus propios hijos. Está prohibido que cualquier institución educativa, sea pública o privada, los sancione o discrimine por atravesar un embarazo o haber sido mamá o papá adolescente.
¿Qué derechos especiales tienen al nacer?
A ser identificados en forma inmediata para que puedan ser inscriptos en el Registro Civil.
Si la madre o el padre no tienen documento, el Estado debe hacer lo que sea necesario para la identificación del recién nacido. El trámite es gratuito.
¿Qué derechos tienen ante la justicia?
- A participar en todo procedimiento judicial en el que estén involucrados.
- A ser escuchados y a que se considere su opinión al momento de tomar la decisión referida a ellos.
- A tener un abogado, preferentemente especializado en cuestiones de niñez y adolescencia aunque no puedan pagarlo.
¿Qué significa que todo lo que se decida sobre niños debe basarse en el principio del interés superior del niño, niña y adolescente?
Es lograr que todos los derechos y garantías que se les reconocen sean disfrutados en forma integral, simultánea y con un máximo nivel de satisfacción.
No hay comentarios:
Publicar un comentario